Trabajar en Costa Rica siendo español
Permiso difícil
Costa Rica atrae por su estabilidad, el idioma común y una economía que exporta dispositivos médicos, servicios empresariales e informática. Lo primero: como turista no puedes trabajar; necesitas una categoría migratoria laboral que tramita tu empleador.
- Visado
- Para visitar, sin visado hasta 180 días; para trabajar necesitas residencia o una categoría migratoria con fines laborales, que gestiona el empleador ante Migración
- Registro
- Tu permiso de residencia o trabajo (cédula de residencia) de la Dirección General de Migración y Extranjería; inscríbete también en la Embajada de España
- Número que necesitas
- Cédula de residencia (documento de extranjero) y número de asegurado de la CCSS
- Idioma
- Español (idioma oficial)
- Sanidad
- Tu empleador debe asegurarte en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y contra riesgos del trabajo en el INS; no hay convenio con la Seguridad Social española
- Coste de vida
- Depende mucho de la zona; ojo con dos gastos: la sanidad privada es cara y los alquileres en dólares no bajan ni se revisan durante el contrato
- Moneda
- Colón costarricense (CRC); el dólar estadounidense es la divisa de referencia
Antes de irte
Pasaporte, no DNI
Necesitas pasaporte en vigor en buen estado: el DNI no sirve para entrar. Las autoridades piden además billete de vuelta.
Web oficial ↗Trabajo primero, luego el viaje
Los visados de residencia se tramitan, por regla general, antes de llegar y no una vez allí. Consulta a la Embajada de Costa Rica en España antes de viajar.
Web oficial ↗Contrata un seguro médico
La TSE no sirve en Costa Rica y no hay convenio con la Seguridad Social española. La sanidad privada es cara y exige garantía de pago: viaja con seguro de hospitalización y repatriación.
Web oficial ↗Tu paro español no se exporta
El SEPE solo permite exportar la prestación para buscar trabajo en la UE, el EEE o Suiza. Si vas a cobrar el paro, infórmate antes de irte.
Web oficial ↗
Visados y permisos para trabajar
Como turista no puedes trabajar
Los españoles no necesitan visado para estancias de menos de 180 días, pero solo pueden trabajar legalmente quienes tienen cédula de residencia o una categoría migratoria que lo permita.
Web oficial ↗Lo tramita tu empleador
La categoría migratoria con fines económicos la solicita la empresa ante la Dirección General de Migración y Extranjería, y los gastos del permiso le corresponden a ella: no pueden descontártelos.
Web oficial ↗El Ministerio de Trabajo opina
Para las categorías «Residencia temporal» y «Trabajador de ocupación específica», el MTSS emite recomendaciones por ocupación y publica ocupaciones no recomendadas. Pregunta a tu empresa si la tuya encaja.
Web oficial ↗Tú aportas los documentos
Debes tener tus papeles en orden y darlos a la empresa para el trámite. Trabajar sin autorización expone a deportación y multas, y a la empresa a sanciones.
Web oficial ↗Sin programa de Vacaciones y Trabajo
España tiene acuerdos de movilidad juvenil con Argentina, Australia, Canadá, Corea, Japón y Nueva Zelanda, entre otros, pero Costa Rica no figura en la lista oficial.
Web oficial ↗
Al llegar: papeles en orden
Ten tu cédula de residencia
Con residencia permanente o temporal autorizada puedes trabajar con todos los derechos laborales. Mantén siempre tu documento en vigor: es obligación tuya.
Web oficial ↗Tu alta en la CCSS
Desde el primer día de trabajo, tu empresa debe asegurarte en la Caja Costarricense de Seguro Social y contra riesgos del trabajo en el INS, sea cual sea tu jornada.
Web oficial ↗Inscríbete en la Embajada de España
Los residentes deben inscribirse en el Registro de Matrícula Consular: en persona, con DNI, pasaporte, formulario y una foto 3x4 con fondo blanco.
Web oficial ↗Carné de conducir
Como turista puedes conducir con el carné español durante tu estancia autorizada. Como residente, puedes pedir el permiso costarricense en la sede de Educación Vial de La Uruca.
Web oficial ↗
¿Buscas trabajo en Costa Rica? Lo buscamos por ti.
- ✓ Cada día buscamos las ofertas que encajan contigo, en LinkedIn y en las webs de empleo de las empresas.
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Sanidad
La TSE no vale aquí
Las prestaciones de la Seguridad Social española no operan fuera de la UE/EEE, y no existe convenio sanitario con Costa Rica.
Web oficial ↗Seguro obligatorio a través de tu empresa
El empleador debe protegerte frente a enfermedad, invalidez, maternidad, vejez y muerte (CCSS) y asegurarte contra riesgos del trabajo en el Instituto Nacional de Seguros (INS).
Web oficial ↗Accidente de trabajo
Pide a tu empresa la boleta de riesgo de trabajo y acude al dispensario del INS más cercano. En urgencias, ve al hospital o clínica más cercano, de la CCSS o privado.
Web oficial ↗Seguro privado hasta estar cubierto
La sanidad pública es de las mejores de Iberoamérica, pero la privada exige acreditar capacidad de pago antes de tratarte. Ten seguro propio hasta que la CCSS te cubra.
Web oficial ↗
Banco y vivienda
Colones y dólares
La moneda es el colón, pero el dólar es la divisa de referencia. Las tarjetas y cajeros funcionan en todo el país; a veces no aceptan billetes de 50 y 100 dólares.
Web oficial ↗Declara el efectivo
Al entrar o salir debes declarar el dinero en efectivo o títulos desde 10 000 dólares o su equivalente, con los formularios oficiales de los puestos migratorios.
Web oficial ↗Alquiler en colones o en dólares
Si el alquiler es en dólares, el precio se mantiene todo el contrato, sin revisión. Si es en colones, puede subir cada año, con un tope legal ligado a la inflación.
Web oficial ↗Tus derechos como inquilino
Rige la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Ley 7527). Cualquier subida de alquiler por encima del máximo legal es nula; el casero debe notificarte el reajuste.
Web oficial ↗
Cómo buscar trabajo
Agencia Nacional de Empleo
La ANE (ane.cr, en transición a Brete.cr) es el servicio público gratuito que pone en contacto a quien busca empleo con las empresas, por sectores.
Web oficial ↗Busca empresas que patrocinen
Sin residencia, solo puede contratarte una empresa dispuesta a gestionar y pagar tu categoría migratoria ante Migración. Pregúntalo en cada proceso de selección.
Web oficial ↗Sectores con peso exterior
Las exportaciones las lideran dispositivos médicos y productos agrícolas; en servicios destacan los empresariales, viajes e informática. EE. UU. es el mayor inversor.
Web oficial ↗Evita los contratos «en negro»
La empresa debe comprobar que puedes trabajar legalmente. Aunque estés en situación irregular conservas tus derechos laborales y puedes acudir al MTSS a denunciar.
Web oficial ↗
CV, carta y entrevista
Perfil en la ANE
Registra tu perfil en la plataforma del Sistema Nacional de Empleo: además de ofertas, ofrece orientación laboral y talleres de empleabilidad, por ejemplo sobre LinkedIn.
Web oficial ↗Ten tus documentos listos
Para tramitar tu permiso, la empresa necesitará tu documentación y es obligación tuya dársela. Ten preparados pasaporte, títulos y certificados de trabajo antes de las entrevistas.
Web oficial ↗Pregunta por el permiso en la entrevista
Aclara desde el principio que eres extranjero y que la empresa debe gestionar y pagar tu categoría migratoria. Si no está dispuesta, no podrás trabajar legalmente.
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Idioma y títulos
Mismo idioma
El idioma oficial es el español, así que puedes trabajar y hacer los trámites en tu lengua.
Web oficial ↗Reconoce tu título universitario
Si tienes un título universitario extranjero y quieres ejercer tu profesión, debes reconocerlo y equipararlo en la Oficina de Reconocimiento y Equiparación (ORE) de CONARE y las universidades estatales.
Web oficial ↗Permiso de conducir como residente
Con residencia y carné español vigente puedes pedir el permiso costarricense. Se tramita solo en la sede de Educación Vial de La Uruca, no en bancos ni sedes regionales.
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Contrato, sueldo e impuestos
Contrato por escrito
Salvo en tareas agrícolas y ganaderas o trabajos ocasionales de hasta 90 días, el contrato debe ser escrito. Tienes los mismos derechos que un trabajador costarricense.
Web oficial ↗Salario mínimo por ocupación
Hay mínimos por ocupación (Decreto 45303-MTSS, desde el 1 de enero de 2026). Por ejemplo, el trabajador no calificado genérico cobra al menos 373 092,30 colones al mes.
Web oficial ↗Aguinaldo y vacaciones
El aguinaldo es un salario extra que se paga en los primeros veinte días de diciembre. Tienes dos semanas de vacaciones por cada cincuenta semanas trabajadas.
Web oficial ↗Jornada
La jornada diurna ordinaria es de 8 horas al día y 48 a la semana, entre las 5 y las 19 horas.
Web oficial ↗Impuesto sobre el salario
En 2026 no pagan impuesto los salarios de hasta 918 000 colones al mes; por encima se aplican tramos del 10 % al 25 %. España y Costa Rica tienen convenio de doble imposición.
Web oficial ↗
Si vas con familia
Cada familiar necesita su estatus
Tu permiso de trabajo no cubre automáticamente a tu familia. Consulta a la Embajada de Costa Rica en España antes de viajar: los visados de residencia se tramitan antes de llegar.
Web oficial ↗Seguro médico para todos
Hasta que tu familia tenga cobertura, contrata un seguro que cubra hospitalización y repatriación: la sanidad privada es cara y exige garantía de pago.
Web oficial ↗Viajes de menores
Si un menor viaja sin sus padres o tutores, necesita una autorización firmada por ellos; los representantes legales pueden tramitarla en la Embajada de España.
Web oficial ↗
Tu primera semana en Costa Rica
- Entrar con pasaporte en vigor (no DNI), billete de vuelta y seguro médico
- Confirmar con tu empresa el estado de tu categoría migratoria antes de empezar a trabajar
- Tener a mano tu cédula de residencia o permiso y mantenerlo en vigor
- Comprobar que tu empresa te ha asegurado en la CCSS y en el INS
- Inscribirte en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada de España
- Firmar el contrato de trabajo por escrito y revisar que cumple el salario mínimo de tu ocupación
- Buscar vivienda y decidir si el alquiler será en colones o en dólares
- Si vas a conducir como residente, informarte en Educación Vial (La Uruca)
Preguntas frecuentes
¿Necesito visado para trabajar en Costa Rica siendo español?
Para visitar no necesitas visado hasta 180 días, pero para trabajar necesitas residencia o una categoría migratoria con fines laborales, que tramita y paga tu empleador ante Migración.
¿Puedo entrar como turista y buscar trabajo allí?
Puedes buscar, pero no trabajar como turista. Además, los visados de residencia se tramitan por regla general antes de llegar al país, no una vez allí.
¿Existe visado de Vacaciones y Trabajo para Costa Rica?
No. Costa Rica no figura en la lista oficial de acuerdos de movilidad juvenil de España.
¿Cuánto se cobra en Costa Rica?
Hay salarios mínimos por ocupación. En 2026, por ejemplo, un trabajador no calificado genérico cobra al menos 373 092,30 colones al mes, además del aguinaldo en diciembre.
¿Cuántos impuestos pagaré por mi sueldo?
En 2026 los salarios de hasta 918 000 colones al mes están exentos; por encima se aplican tramos del 10 % al 25 % sobre el exceso.
¿Me sirve la Tarjeta Sanitaria Europea en Costa Rica?
No. No hay convenio con la Seguridad Social española: viaja con seguro privado y, al trabajar, tu empresa debe asegurarte en la CCSS.
¿Puedo cobrar el paro español en Costa Rica?
No. El SEPE solo permite exportar la prestación a la UE, el EEE y Suiza.
¿Cuentan para mi pensión española los años cotizados en Costa Rica?
No hay convenio bilateral, así que no se suman automáticamente. Consulta al INSS si te afecta el Convenio Multilateral Iberoamericano.
¿Tengo que homologar mi título?
Sí, si quieres ejercer tu profesión: los títulos universitarios extranjeros se reconocen y equiparan en la ORE de CONARE.
¿Puedo conducir con mi carné español?
Como turista, sí, durante tu estancia autorizada. Como residente puedes pedir el permiso costarricense en Educación Vial, en La Uruca.
Fuentes oficiales
- Exteriores – Recomendaciones de viaje: Costa Rica (26/09/2026)
- Embajada de España en Costa Rica – Documentación y trámites
- Exteriores – Ficha país Costa Rica
- MTSS – Preguntas frecuentes sobre asuntos laborales (incluye Migraciones laborales)
- MTSS – Departamento de Migraciones Laborales: información
- MTSS – Lista de salarios mínimos 2026 (Decreto 45303-MTSS)
- MTSS – Ajuste de salarios mínimos 2026 (comunicado)
- Ministerio de Hacienda – Tramos de renta 2026
- MIVAH – Resolución sobre reajuste de alquileres (Ley 7527)
- Agencia Nacional de Empleo (ANE)
- CONARE – Reconocimiento y Equiparación (ORE)
- Ministerio de Inclusión – Convenios de movilidad de jóvenes
- Seguridad Social – Convenios bilaterales
- INSS – Convenios bilaterales y Multilateral Iberoamericano (2017)
- SEPE – He trabajado o quiero trabajar en la UE/EEE/Suiza
- Consejería de Trabajo – Convenio especial de emigrantes retornados
Información comprobada en webs oficiales el 26 de septiembre de 2026. Las normas cambian: confírmalas en la web oficial antes de hacer un trámite.