Trabajar en México siendo español
Permiso posible
México comparte idioma contigo y tiene convenio de Seguridad Social con España, así que tus años cotizados cuentan para la pensión. Lo primero: necesitas una visa por oferta de empleo antes de viajar; como turista no puedes trabajar.
- Visado
- Sí: visa por oferta de empleo, que tu empresa gestiona ante el INM y recoges en un consulado mexicano
- Registro
- Canje de la visa por la tarjeta de residente en el INM en 30 días naturales; alta en el consulado español
- Número que necesitas
- CURP (clave de población), RFC (fiscal) y NSS (seguridad social del IMSS)
- Idioma
- Español
- Sanidad
- Asegurado en el IMSS por tu empleo; no hay convenio sanitario con España
- Coste de vida
- Variable según la ciudad; presupuesta vivienda, depósitos y un seguro médico para las primeras semanas
- Moneda
- Peso mexicano (MXN)
Antes de irte
Consigue la visa antes de viajar
Para trabajar necesitas visa previa. Exteriores avisa que no puedes pasar de turista a trabajador dentro de México: tendrías que salir y pedirla en un consulado mexicano.
Web oficial ↗Apostilla tus títulos
Legaliza con la Apostilla de La Haya tus títulos universitarios oficiales. Los títulos no oficiales se legalizan por vía notarial, según la Consejería de Trabajo en México.
Web oficial ↗Viaja con seguro médico
No hay convenio sanitario entre España y México. Exteriores considera imprescindible viajar con un seguro médico lo más amplio posible.
Web oficial ↗Si cobras paro, avisa al SEPE
Comunica tu salida antes de irte. Si te vas a trabajar menos de 12 meses, la prestación se suspende; si son 12 meses o más, se extingue.
Web oficial ↗
Visados y permisos para trabajar
La vía habitual: visa por oferta de empleo
Tu empresa, que debe tener constancia de inscripción del empleador ante el INM (Instituto Nacional de Migración), pide la autorización de tu visa con la oferta.
Web oficial ↗Qué debe incluir la oferta
Papel membretado con la ocupación según el Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones, duración, lugar de trabajo y sueldo. Además, copia de tu pasaporte.
Web oficial ↗Residente o visitante
Si el trabajo dura más de 180 días, la visa es de residente temporal; si dura 180 días o menos, de visitante con permiso para actividades remuneradas.
Web oficial ↗Entrevista en el consulado
Aprobada la autorización, haces la entrevista en el consulado de México. La autorización vale 30 días hábiles desde que te notifican que procede la entrevista.
Web oficial ↗Sin Vacaciones y Trabajo
España no tiene programa de movilidad juvenil con México: sus convenios son con Argentina, Australia, Canadá, Corea, Japón y Nueva Zelanda (consultado en septiembre de 2026).
Web oficial ↗
Al llegar: papeles en orden
Canjea la visa en 30 días
Al llegar tienes 30 días naturales para presentar tu visa en el INM y pedir la tarjeta de residente temporal, válida de 1 a 4 años.
Web oficial ↗Lleva los papeles del canje
Pasaporte, la FMM (forma migratoria que te dan al entrar), la visa, el formato básico rellenado y el comprobante de pago de derechos.
Web oficial ↗Tu CURP llega con la residencia
La CURP (clave única de registro de población) te la asigna el INM al expedir tu Número Único de Extranjero, y es permanente.
Web oficial ↗Saca tu NSS
El NSS (número de seguridad social del IMSS) se tramita en línea y gratis con tu CURP y un correo electrónico.
Web oficial ↗Inscríbete en el consulado
Date de alta como residente en el Registro de Matrícula del consulado de España que te corresponda.
Web oficial ↗
¿Buscas trabajo en México? Lo buscamos por ti.
- ✓ Cada día buscamos las ofertas que encajan contigo, en LinkedIn y en las webs de empleo de las empresas.
- ✓ Te dejamos cada candidatura lista, con tu CV y tu carta. Tú solo la envías.
- ✓ 7 días gratis, sin tarjeta y sin permanencia.
Sanidad
Asegurado en el IMSS
Como asalariado te registras como asegurado en el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social). Tu NSS es único y permanente.
Web oficial ↗La Seguridad Social española no te cubre
En México los turistas españoles no están cubiertos por la seguridad social española y no hay convenio sanitario: usa un seguro privado hasta tener cobertura.
Web oficial ↗Visitas a España
Si trabajas por cuenta ajena en México, puedes pedir al INSS asistencia sanitaria en estancias temporales en España: hasta tres meses, prorrogables una vez. Necesitas un informe de la Consejería.
Web oficial ↗
Banco y vivienda
Cuenta bancaria
Para una cuenta tradicional en sucursal, la CONDUSEF indica que piden nombre, fecha de nacimiento, domicilio y copia de los documentos correspondientes.
Web oficial ↗No adelantes dinero
Nunca hagas un depósito sin haber tratado en persona con quien alquila. Desconfía de rentas muy baratas en zonas de mucha demanda.
Web oficial ↗Primero ver, luego pagar
Proceso recomendado: te enseñan la vivienda, ambas partes firman el contrato de arrendamiento, recibes las llaves y solo entonces pagas renta y depósitos.
Web oficial ↗Cuida tus documentos
No envíes fotos de tu identificación ni de tus tarjetas a alguien que no conoces en persona. Pide también su identificación.
Web oficial ↗
Cómo buscar trabajo
Servicio Nacional de Empleo
Atiende gratis a quien busca trabajo, con más de 160 oficinas y el Portal del Empleo en internet.
Web oficial ↗Empléate, desde España
En el portal español Empléate puedes seleccionar México y ver ofertas allí, incluidas las de empresas españolas.
Web oficial ↗Portales y consultoras
La Consejería cita portales como OCC México, CompuTrabajo, Bumeran o LinkedIn, consultoras como Adecco, Manpower o Randstad, y ferias de empleo.
Web oficial ↗Pregunta por el patrocinio
Solo pueden hacerte una oferta si la empresa tiene constancia de inscripción del empleador ante el INM. Confírmalo pronto en el proceso.
Web oficial ↗Ojo con la informalidad
La Consejería advierte del gran peso del empleo informal, sin legislación laboral ni Seguridad Social. Busca contrato formal.
Web oficial ↗
CV, carta y entrevista
Qué pones en el CV
Tu experiencia laboral, formación académica, intereses profesionales y aptitudes para el puesto. Su objetivo es conseguirte la entrevista.
Web oficial ↗Prepara la entrevista
Es el paso más importante del proceso. Prepárala bien para mostrarte tranquilo, seguro y con la situación bajo control.
Web oficial ↗Revisa la oferta formal
Comprueba que ocupación, duración, lugar y sueldo coinciden con lo hablado: son los datos que tu empresa presenta al INM.
Web oficial ↗
Idioma y títulos
Idioma
Trabajarás en español, igual que en los trámites con el INM, el SAT o el IMSS.
Revalida solo si vas a ejercer
La revalidación de estudios totales solo es indispensable si vas a ejercer la profesión en México. Se tramita ante la SEP por el sistema SERE.
Web oficial ↗El permiso no valida tu título
El permiso de trabajo no implica validar títulos, licencias ni certificaciones: si tu profesión lo exige, tramítalo aparte.
Web oficial ↗Carné de conducir
Exteriores indica que como turista puedes alquilar coche con tu carné español. Si vas a residir, consulta la normativa local.
Web oficial ↗
Contrato, sueldo e impuestos
Salario mínimo 2026
Desde el 1 de enero de 2026: 315,04 pesos diarios en general y 440,87 en la Zona Libre de la Frontera Norte.
Web oficial ↗El sueldo va en la oferta
La oferta que tu empresa presenta al INM debe fijar el monto de la remuneración.
Web oficial ↗RFC y declaración anual
Debes inscribirte en el RFC; puedes dar tus datos a tu patrón. Declaras en abril si, entre otros casos, superas 400.000 pesos al año o tienes dos patrones.
Web oficial ↗
Si vas con familia
Visa por unidad familiar
Tu pareja e hijos pueden pedir visa de residente por unidad familiar contigo como titular. Al llegar tienen 30 días naturales para canjearla en el INM.
Web oficial ↗Prueba el vínculo
Lleva certificado de matrimonio y actas de nacimiento de los hijos; el consulado también pide acreditar solvencia económica.
Web oficial ↗
Tu primera semana en México
- Guarda la FMM que te dan al entrar: la necesitas para el canje
- Pide cita en el INM para canjear tu visa por la tarjeta de residente (plazo: 30 días naturales)
- Consulta tu CURP en cuanto tengas tu Número Único de Extranjero
- Tramita tu NSS del IMSS en línea con tu CURP
- Da tus datos a la empresa para el RFC
- Date de alta en el Registro de Matrícula del consulado de España
- Abre una cuenta bancaria para cobrar
- Busca vivienda sin adelantar dinero y firma contrato antes de pagar
Preguntas frecuentes
¿Necesito visa para trabajar en México?
Sí. Necesitas una visa por oferta de empleo: tu empresa pide la autorización al INM y tú haces la entrevista en un consulado mexicano antes de viajar.
¿Puedo ir como turista y buscar trabajo allí?
Puedes entrar sin visa como turista hasta 180 días, pero no trabajar. Exteriores avisa de que no puedes cambiar a trabajador dentro del país: tendrías que salir y pedir la visa fuera.
¿Hay visa de Vacaciones y Trabajo para españoles en México?
No. España tiene programas de movilidad juvenil con Argentina, Australia, Canadá, Corea, Japón y Nueva Zelanda, pero no con México (consultado en septiembre de 2026).
¿Cuánto es el salario mínimo en México?
Desde el 1 de enero de 2026, 315,04 pesos diarios en general y 440,87 pesos en la Zona Libre de la Frontera Norte, según la CONASAMI.
¿Qué es la CURP y cómo la consigo?
Es la clave única de registro de población. Si eres residente temporal o permanente, el INM te la asigna al expedir tu Número Único de Extranjero.
¿Me sirve la Tarjeta Sanitaria Europea en México?
No. Exteriores recuerda que la Seguridad Social española no cubre en México y que no hay convenio sanitario. Como asalariado estarás asegurado en el IMSS.
¿Puedo cobrar el paro español en México?
No. El SEPE solo permite exportar la prestación a la UE, el EEE y Suiza. Si te vas a trabajar un año o más, se extingue; si es menos, se suspende.
¿Cuentan mis años en México para la pensión española?
Sí. El convenio hispano-mexicano de Seguridad Social permite sumar periodos para las pensiones de jubilación, incapacidad y supervivencia, y cada país paga su parte.
¿Tengo que homologar mi título para trabajar en México?
Solo es indispensable revalidar tus estudios ante la SEP si vas a ejercer la profesión. Y ojo: el permiso de trabajo no valida títulos ni licencias.
¿Puede venir mi familia conmigo?
Sí. Tu pareja e hijos pueden pedir visa de residente por unidad familiar y, al llegar, canjearla en el INM en 30 días naturales.
Fuentes oficiales
- Exteriores: recomendaciones de viaje a México
- Consejería de Trabajo en México: requisitos para trabajar
- Consejería de Trabajo en México: prepararse para buscar empleo
- Consejería de Trabajo en México: dónde buscar empleo
- Consejería de Trabajo en México: residir
- Consejería de Trabajo en México: Seguridad Social
- Consejería de Trabajo en México: asistencia sanitaria (PDF)
- INM: autorización de visa por oferta de empleo (PDF)
- INM: visa por oferta de empleo, requisitos (PDF)
- INM: preguntas frecuentes visa por oferta de empleo
- INM: expedición de documento por canje (PDF)
- SRE, Consulado de México: residencia temporal (PDF)
- SRE, Consulado de México: unidad familiar (PDF)
- gob.mx: asignación de CURP a personas extranjeras residentes
- SAT: inscripción en el RFC de personas extranjeras
- SAT: obligaciones como asalariado
- IMSS: número de seguridad social (NSS)
- Consulado de España en México: servicios consulares
- STPS: Servicio Nacional de Empleo
- CONASAMI: salarios mínimos 2026
- SEP-DGAIR: revalidación de estudios del tipo superior
- CONDUSEF: fraude en rentas de vivienda
- CONDUSEF: cómo abrir una cuenta bancaria
- Seguridad Social: convenio con México, prestaciones
- Seguridad Social: convenio con México, trabajadores desplazados
- Seguridad Social: convenios bilaterales
- SEPE: me traslado al extranjero
- SEPE: preguntas frecuentes sobre prestaciones
- Ministerio de Inclusión: convenios de movilidad de jóvenes
Información comprobada en webs oficiales el 26 de septiembre de 2026. Las normas cambian: confírmalas en la web oficial antes de hacer un trámite.